Por Sandra Guerrero
De acuerdo con el Departamento Administrativo de la Función Pública, el país cuenta actualmente con 512 mil funcionarios públicos (sin contar docentes, ni integrantes de las FF.MM y de Policía) de los cuales cerca del 27% son funcionarios LN de entidades de orden nacional, territorial y descentralizadas, es decir en Colombia 138.240 empleados son nombrados a dedo, para ejercer cargos en los grados asistencial, profesional y profesional especializado.
138 mil nombramientos representados muchos de ellos por lagartos de corbata y chupamedias, parásitos del sistema que están en cargos de Libre Nombramiento y Remoción, LNR, basta con integrar la maquinaria política que está en el poder, ser amigo, familiar o el querido/da del político de turno para ser nombrado y gozar de las bondades de la estabilidad laboral y económica que genera un nombramiento. Pago de vacaciones, cesantías, mesada 14, intereses a las cesantías, aportes de parafiscales entre otros beneficios… algo que los más de 3 millones de contratistas que tiene el país no tienen.
Rara vez un profesional es nombrado en una entidad como LN, por su conocimiento, capacidad de gestión, antigüedad, profesionalismo, ética, compromiso institucional, capacidad de innovación o valores humanos.
Sueldo generoso, ineptitud garantizada, caprichos desbandados, ínfulas de Dios, trato desobligante para con sus subordinados y comunidad (si es que tiene en sus deberes servicio al cliente) y ausencia de empatía, suelen ser el común denominador en estos pequeños diosecillos. Lejos de estos especímenes están conceptos como; vocación de servicio, ética laboral, eficiencia, efectividad o empatía.
El artículo 23 de la ley 909 del 2004 expresa que “tienen la naturaleza de libre nombramiento y remoción aquellos empleos que obedezcan a alguno de los otros criterios señalados en el artículo 5 de esta ley. Para la provisión de dichos empleos, debe realizarse un nombramiento ordinario”.
Haciendo tributo a su nombramiento, muchos LN son ordinarios y chafarotes, amparados en la complicidad manifiesta de sus directivos y el silencio complaciente de sus colegas ante un caso de injusticia, los LN, no todos valga la aclaración, pero si muchos de ellos obran a sus anchas sin mayor temor de ser sancionados por alguna de las IAS (Contraloría, Procuraduría, Fiscalía, Defensoría y Personería), con gran desparpajo son déspotas, sin mayor reparo, respeto o empatía, dilatan procesos, entorpecen contrataciones, desgastan al contratista al punto del hartazgo y logran que éste desista de un nuevo contrato, estos tipo de LN son diosecillos del olimpo de la impunidad y el desdén.
Muchos de estos LN, son secretarios de despacho, directores de departamento, jefes de área o asesores de alto nivel que tienen bajo su cargo la supervisión de los contratista de sus dependencias, sin embargo estos “Jefes tipo paquetes chíllenlo” jamás revisan informes, mucho menos elaboran actas de supervisor o documentos tipo certifica, para eso hay otros contratistas que hacen estas funciones, librándose de toda ocupación y así estos poder decir que tienen agendas copadas por reuniones insulsas que solo les permite agrandar sus tentáculos de poder y expandir sus ínfulas.
De esta manera el contratista queda supeditado a que otro contratista revise su informe, y que el supervisor le dé la gana de firmar “cuando tenga tiempo o evacue temas importantes”, si esto no pasa, el contratista queda a la deriva sin timón ni timonel, abandonado a su suerte. Al funcionario de planta poco que le importa que al contratista no le paguen, o que deje vencer los tiempos para una adición presupuestal del contrato, menos le importa si entre el contrato que expira y el nuevo transcurra un mes o hasta más y que el contratista vaya a trabajar, asumiendo gastos como transporte y alimentación al desarrollar actividades en un trabajo del cual no tiene contrato.
Pero, ¿qué herramientas hay para amparar al contratista?, en teoría las IAS, podrían intervenir en el caso, para ello el contratista debe hacer largos y desgastantes trámites como ir a cada entidad, esperar que su caso sea escuchado y en la medida de lo posible atendido, para este momento el contratista sabe que ya no habrá posibilidad alguna de continuar en la entidad en la que solía trabajar, ya que el sistema ampara al opresor o victimario, y la víctima es vista como un “contratista inconforme”, en muchos casos los jefes de las IAS son amiguísimos o familiares de integrantes de las juntas directivas o cargos de alto nivel de la entidad denunciada, significado con ello impunidad absoluta o simplemente inoperancia.
No conozco el primer caso aquí en Armenia o el Quindío, donde un jefe de despacho o secretario haya sido sancionado por la procuraduría, a lo sumo uno que otro destituido, por casos de corrupción o inhabilidad, ninguno por abuso de poder, maltrato al subalterno o proceder errático en el procedimiento.